jueves, 13 de marzo de 2014

Alcaldes y Gobernadores güarimberos cómplices de la violencia



Alcaldes y Gobernadores güarimberos

cómplices de la violencia


En las últimas tres semanas, las calles de los principales municipios, cuya responsabilidad política-administrativa esta bajo el control de Alcaldes de derecha, han sido el escenario de protestas violentas. Es importante destacar que de 335 municipios del país, sólo en 18 se han registrados tales acciones, siendo las mismas urbanizaciones de clase media y alta; no observándose las mismas en zonas populares a nivel nacional.

La derecha, en su afán de derrotar y desestabilizar el gobierno nacional, ha reeditado la denominada “Guarimba”, como escenario para crear caos, inicialmente con estudiantes y después difuminándose los actores de las mismas, encontrándonos con personas encapuchadas y no identificables que han instigado a la violencia, vandalismo y alteración del orden público.

Dichos alcaldes y sus organismos de seguridad ciudadana municipal, escudándose en el supuesto respaldo al “Derecho a la protesta pacífica, libertad de expresión de sus ciudadanos y ciudadanas”, y a la no competencia en el control del orden público, se han dado a la tarea de proteger y permitir la intensificación de las acciones vandálicas de grupos violentos de carácter fascista y evidenciándose una serie de delitos:

  • Obstáculo de las principales vías de comunicación terrestre con escombros de: basura, piedras, cachivaches, entre otros.
  • Daños a bienes muebles e inmuebles (Sedes de Instituciones públicas, carros y automóviles de particulares, alcaltarillas de vías públicas); Principalmente estaciones del Metro de Caracas y metrobuses.
  • La quema de camiones para transporte de alimentos (Mercal), ataque a CDI.
  • Atropello y ataques a transeúntes que osen pasar dichas guarimbas o quitarlas y ataque a periodistas internacionales que cubren dichas zonas.
  • Tala de árboles, quema de basura y el uso de cadáveres de animales durante el cierre de avenidas y calles, en las últimas tres semanas.
  • La utilización de aceites, guayas y otros elementos que atentan contra la circulación de vehículos y motos.
  • La no recolección de basura en dichas zonas por parte del servicio municipal; dejando insumo para la reactivación de las mismas.

Y otras consecuencia psico-sociales de los ciudadanos y ciudadanas, habitantes aledaños a las guarimbas:
  • La comunicación Zello, Twitter y redes sociales, con la herramienta del rumor, para crear zozobra en la población.
  • Enfermedades respiratorias, hipertensión y sistema nervioso de niños, niñas y adultos mayores.
  • Muerte de Guardias Nacionales, motorizados y transeúntes.
  • Muerte de personas por no recibir atención oportuna por la prohibición del paso.

Así mismo, se han visto afectado los comercios, instituciones públicas y privadas en su trabajo cotidiano, lo que visibilizan pérdidas económicas y el normal desenvolvimiento del ejercicio laboral.

Estas consecuencias, han querido ser presentadas como producto de las acciones de lo que ellos denominan “colectivo”, pervirtiendo el sentido de lo que significa la militancia política y social de las organizaciones de base, haciendo creer a la opinión pública que los destrozos son generados por éstos.

Ante tales hecho, es vital que la comunidad organizada y el Gobierno Nacional emprendan acciones de tipo Jurídico-Legal para iniciar un proceso bien sea de investigación, interpelación o intervención de dichas Alcaldías y Gobernaciones, a los fines de sentar un precedente ante la actuación cómplice y deliberada de estos funcionarios que ejercen un cargo de elección popular. Es necesario solicitar ante el TSJ y su Sala Constitucional un pronunciamiento para establecer mecanismos que permita tomar medida, ante la serie de delitos que estos alcaldes han permitido que ocurran escudándose y amparándose en su interpretación de la autonomía municipal con rango constitucional y por la no competencia en materia de orden público para reprimir manifestaciones.

Ya nuestro Código Penal de Venezolano establece como delitos comunes una serie de actuaciones, en la (Gaceta Oficial Nº 5.494, 20 de Octubre de 2000) establece multas y penas de presidio y prisión a "cualquiera que instigare, públicamente, a otro a cometer una infracción determinada" (Artículo 284); "el que públicamente, excitare a la desobediencia de las Leyes o al odio de unos habitantes contra otros o hiciere la apología de un hecho que la ley prevé como delito, de modo que se ponga en peligro la tranquilidad pública." (Artículo 286); "cuando dos o más personas se asocien con el fin de cometer delitos" (Artículo 287); "el que haya ejecutado algún acto que tenga por objeto exponer alguna parte de la República a la devastación o al saqueo" (Artículo 294); "el que, para cometer un hecho punible determinado, haya formado un cuerpo armado o ejerza en el un mando superior o alguna función especial" (Artículo 294); "el que, sin estar legalmente autorizado, forme un cuerpo armado" (Artículo 296); y con pena de prisión de 3 a 6 años a "todo individuo que ilegítimamente importe, fabrique, porte, detente, suministre u oculte sustancias o artefactos explosivos o incendiarios.. [y] quienes con el solo objeto de producir terror en el público, de suscitar un tumulto o de causar desordenes públicos, disparen armas de fuego o lancen sustancias explosivas o incendiarias, contra personas o propiedades" (Artículo 297) o de 4 a 8 años "si la explosión o amenaza se producen en el lugar de una reunión pública y al tiempo en que esta se verifica o si ocurre con ocasión en que haya peligro para el mayor número de gentes en épocas de agitación, calamidad o desastres públicos." (Artículo 298)
Al revisar lo establecido por nuestro Código Penal podemos observar que las personas auspiciadoras de guarimbas han incurrido en hechos delictivos, acciones violentas que atentan contra la paz y tranquilidad pública; De ahí la necesidad de tomar medidas contundentes y sentar precedente ante estos cómplices de la Violencia.

¡¡Chávez vive, la Lucha Sigue!!

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