Alcaldes
y Gobernadores güarimberos
cómplices
de la violencia
En las últimas tres semanas, las calles de los
principales municipios, cuya responsabilidad política-administrativa
esta bajo el control de Alcaldes de derecha, han sido el escenario de
protestas violentas. Es importante destacar que de 335 municipios del
país, sólo en 18 se han registrados tales acciones, siendo las
mismas urbanizaciones de clase media y alta; no observándose las
mismas en zonas populares a nivel nacional.
La derecha, en su afán de derrotar y desestabilizar el
gobierno nacional, ha reeditado la denominada “Guarimba”, como
escenario para crear caos, inicialmente con estudiantes y después
difuminándose los actores de las mismas, encontrándonos con
personas encapuchadas y no identificables que han instigado a la
violencia, vandalismo y alteración del orden público.
Dichos
alcaldes y sus organismos de seguridad ciudadana municipal,
escudándose en el supuesto respaldo al “Derecho
a la protesta pacífica, libertad de expresión de sus ciudadanos y
ciudadanas”, y a la no
competencia en el control del orden público, se han dado a la tarea
de proteger y permitir la intensificación de las acciones vandálicas
de grupos violentos de carácter fascista y evidenciándose una serie
de delitos:
Obstáculo
de las principales vías de comunicación terrestre con escombros
de:
basura, piedras, cachivaches, entre otros.
Daños a bienes muebles e inmuebles (Sedes de
Instituciones públicas, carros y automóviles de particulares,
alcaltarillas de vías públicas); Principalmente estaciones del
Metro de Caracas y metrobuses.
La
quema
de camiones para transporte de alimentos (Mercal),
ataque a CDI.
Atropello
y ataques a transeúntes que osen pasar dichas guarimbas o quitarlas
y ataque a periodistas internacionales que cubren dichas zonas.
Tala de árboles,
quema de basura y el uso de cadáveres de animales durante el cierre
de avenidas y calles, en las últimas tres semanas.
La
utilización de aceites, guayas y otros elementos que atentan
contra la circulación de vehículos y motos.
La no recolección de basura en dichas zonas por parte
del servicio municipal; dejando insumo para la reactivación de las
mismas.
Y otras consecuencia psico-sociales de los ciudadanos y
ciudadanas, habitantes aledaños a las guarimbas:
La comunicación Zello, Twitter y redes sociales, con
la herramienta del rumor, para crear zozobra en la población.
Enfermedades respiratorias, hipertensión y sistema
nervioso de niños, niñas y adultos mayores.
Muerte de Guardias Nacionales, motorizados y
transeúntes.
Muerte de personas por no recibir atención oportuna
por la prohibición del paso.
Así mismo, se han
visto afectado los comercios, instituciones públicas y privadas en
su trabajo cotidiano, lo que visibilizan pérdidas económicas y el
normal desenvolvimiento del ejercicio laboral.
Estas consecuencias, han querido ser presentadas como
producto de las acciones de lo que ellos denominan “colectivo”,
pervirtiendo el sentido de lo que significa la militancia política y
social de las organizaciones de base, haciendo creer a la opinión
pública que los destrozos son generados por éstos.
Ante tales hecho, es vital que la comunidad organizada y
el Gobierno Nacional emprendan acciones de tipo Jurídico-Legal para
iniciar un proceso bien sea de investigación, interpelación o
intervención de dichas Alcaldías y Gobernaciones, a los fines de
sentar un precedente ante la actuación cómplice y deliberada de
estos funcionarios que ejercen un cargo de elección popular. Es
necesario solicitar ante el TSJ y su Sala Constitucional un
pronunciamiento para establecer mecanismos que permita tomar medida,
ante la serie de delitos que estos alcaldes han permitido que ocurran
escudándose y amparándose en su interpretación de la autonomía
municipal con rango constitucional y por la no competencia en materia
de orden público para reprimir manifestaciones.
Ya
nuestro Código
Penal de Venezolano establece como delitos comunes una serie de
actuaciones, en la (Gaceta
Oficial Nº 5.494, 20 de Octubre de 2000)
establece multas y penas de presidio y prisión a "cualquiera
que instigare, públicamente, a otro a cometer una infracción
determinada" (Artículo 284); "el que públicamente,
excitare a la desobediencia de las Leyes o al odio de unos habitantes
contra otros o hiciere la apología de un hecho que la ley prevé
como delito, de modo que se ponga en peligro la tranquilidad
pública." (Artículo 286); "cuando dos o más personas se
asocien con el fin de cometer delitos" (Artículo 287); "el
que haya ejecutado algún acto que tenga por objeto exponer alguna
parte de la República a la devastación o al saqueo" (Artículo
294); "el que, para cometer un hecho punible determinado, haya
formado un cuerpo armado o ejerza en el un mando superior o alguna
función especial" (Artículo 294); "el que, sin estar
legalmente autorizado, forme un cuerpo armado" (Artículo 296);
y con pena de prisión de 3 a 6 años a "todo individuo que
ilegítimamente importe, fabrique, porte, detente, suministre u
oculte sustancias o artefactos explosivos o incendiarios.. [y]
quienes con el solo objeto de producir terror en el público, de
suscitar un tumulto o de causar desordenes públicos, disparen armas
de fuego o lancen sustancias explosivas o incendiarias, contra
personas o propiedades" (Artículo 297) o de 4 a 8 años "si
la explosión o amenaza se producen en el lugar de una reunión
pública y al tiempo en que esta se verifica o si ocurre con ocasión
en que haya peligro para el mayor número de gentes en épocas de
agitación, calamidad o desastres públicos." (Artículo 298)
Al revisar lo establecido por nuestro Código Penal
podemos observar que las personas auspiciadoras de guarimbas han
incurrido en hechos delictivos, acciones violentas que atentan contra
la paz y tranquilidad pública; De ahí la necesidad de tomar medidas
contundentes y sentar precedente ante estos cómplices de la
Violencia.
¡¡Chávez vive, la Lucha Sigue!!